Es absolutamente ILEGAL que el BC entregue fondos al gobierno de turno, y mas si es en reservas y a diez años, segun claramente lo dispone la Carta Organica.
Las reservas del BC son del pueblo que tiene papel moneda en su poder y representan el valor de los salarios, de los ahorros y de los bienes del pueblo.
Lo ùnico que puede hacer el BC es otorgar un adelanto transitorio en pesos hasta el 12% de la base monetaria a doce meses de plazo maximo (art.20).
En la formulación y ejecución de la política monetaria y financiera no está sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional: el DNU dictado por LosDosKa es inconstitucional.
CARTA ORGANICA:
"ARTICULO 19: Queda prohibido al banco:
a) Conceder préstamos al gobierno nacional, a los bancos, provincias y municipalidades, excepto lo
prescripto en el artículo 20;
b) Garantizar o endosar letras y otras obligaciones del gobierno nacional, de las provincias,
municipalidades y otras instituciones públicas"
http://www.bcra.gov.ar/pdfs/marco/Carta_Organica.pdf
La milagrosa fragmentación
Hace 30 minutos