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lunes, 9 de junio de 2008

Cómo resolver YA el conflicto con el campo

Es posible resolverlo eficaz y legalmente y detener la sangria de capitales y la parálisis de las actividades productivas.
Ofrezco a la Sra. Presidenta asesoramiento ad-honorem para resolverlo, v.g., con un decreto muy simple de este tenor:
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Visto: La Resolución 125 del Ministerio de Economía;
y CONSIDERANDO:
Las disposiciones de los arts. 9, 29, 31, 52, 75 inc. 1°, 99 inc. 3° de la Constitución Nacional y de la ley "de facto" 22.415, art. 754;
Siendo responsabilidad del Poder Ejecutivo proveer con urgencia acerca de la situación económica y social y teniendo en cuenta el procedimiento instruído por el Defensor del Pueblo de la Nación;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Art. 1. Suspéndese la vigencia de la Resolución 125/2008 del Ministerio de Economia de la Nación hasta que se legisle al respecto.
Art. 2. El Ministerio de Economía deberá informar detalladamente a la Cámara de Diputados de la Nación acerca de las materias comprendidas en la citada resolución.
Art. 3. De forma.
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Es posible, útil e imprescindible:
Tiene sentido seguir perdiendo mil para ganar diez ?.

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