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miércoles, 11 de junio de 2008

Las retenciones gravan la renta: deben coparticiparse en un 100%

En su ùltimo discurso la Sra. CK dijo que las retenciones al agro "Gravan la Renta Extraordinaria".
Es decir: Son un impuesto a la Renta que se superpone al Impuesto a las Ganancias.
"Renta" y "Ganancias" son tèrminos equivalentes:
"Renta: En materia tributaria, importe neto de los rendimientos."
"Ganancia: Utilidad que resulta del trato, del comercio o de otra acciòn" (*).
El Gobernador de San Luis demandò a la Naciòn ante la Corte Suprema precisamente porque al gravar las rentas en el instante de la venta (hecho imponible) antes que los contribuyentes hagan sus balances, el impuesto a las ganancias puede disminuir o desaparecer ya que las retenciones se calculan sobre el precio final y, al ser coparticipable a las provincias, estas verian disminuida su coparticipaciòn si no le queda al sujeto imponible ninguna ganancia o menos ganancia.
Habiendo reconocido explicitamente que es un impuesto a las "rentas extraordinarias" deberia coparticiparse: el Gobernador de San Luis està en lo cierto y debe la Corte Suprema hacerle lugar a su planteo.Se desconoce en que ley se basa para distinguir entre rentas "ordinarias" y rentas "extraordinarias": las rentas son rentas a secas, altas o bajas pero rentas al fin.Otro invento y otra ilegalidad.
(*) Diccionario de la Real Academia Española.

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